La principal consecuencia de que se apruebe la Ley de Aguas Canarias, actualmente tramitándose en las Cortes, es que el archipiélago verá ampliado su ámbito territorial, que abarcará tanto los espacios terrestres como los marinos, lo que supondrá el primer reconocimiento de la integridad territorial de Canarias. En efecto, si acudimos a cualquier diccionario de la lengua, el término archipiélago alude a una extensión de mar poblada de islas; esto es, a una unidad o conjunto que da a entender que es inescindible un elemento del otro, el mar de la tierra. La ley que presentó Coalición Canaria -y que deberá ser ratificada por el nuevo Estatuto-, pese a quien le pese, viene a zanjar una reivindicación histórica de los canarios: que política y jurídicamente se plasme esa unidad de Canarias a través del reconocimiento de nuestras aguas como parte del territorio. El mar, las aguas que nos rodean, que nos separan pero a la vez nos unen, son un símbolo de la identidad canaria.
Esto, que a la mayoría de los canarios nos parece obvio por evidente, ha sido sistemáticamente rechazado desde el Estado español (independientemente del partido político que ostentara el Gobierno de turno: primero fue la UCD con el primer Estatuto, después el PSOE y el PP cuando ocuparon responsabilidades de Gobierno, con la circunstancia de que siempre que estaban en la oposición apoyaban la iniciativa); de la misma manera que es negado por quienes, desde posiciones excluyentes, consideran -cual dogma sagrado- que únicamente los Estados archipielágicos pueden ver reconocidos tales espacios, y por aquellos a los que les perjudica en sus intereses (espurios) que Coalición Canaria aparezca ante la opinión pública como la única fuerza nacionalista que ha conseguido que sean reconocidas las aguas canarias.
Esta cuestión del reconocimiento de las aguas archipielágicas ya se planteó tanto en el primigenio Estatuto de Autonomía como en la reforma de 1996, aunque, por presiones de Madrid, desapareció en ambos casos de su redacción final. Ahora es el momento de reconocer definitivamente que las aguas son territorio de Canarias a través del criterio de líneas de bases rectas, que configurarían un perímetro archipielágico a partir del cual fijar la anchura de los distintos espacios (dentro del perímetro, aguas canarias y, hacia el exterior, mar territorial y zona económica exclusiva).
Pese a que con demasiada insistencia es utilizado -como único y falaz argumento- por quienes se oponen, la delimitación de los espacios marítimos no contraviene las normas de Derecho Internacional (no lo digo sólo yo, lo señalan eminentes catedráticos de Derecho Internacional de talla mundial, como los profesores Antonio Remiro Brotons, Paz Andrés Sainz de Santamaría o Carlos Espósito). Así, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, celebrada en Montego Bay (Jamaica) en 1982, no prohíbe el trazado del espacio archipielágico en los Estados mixtos, como somos los llamados archipiélagos como Canarias, que con territorios continentales forman un Estado. Por el contrario, es perfectamente posible que dichos Estados, si lo estiman oportuno, desarrollen esta práctica que, al no existir una prohibición expresa en la Convención, no es contra legem. De hecho, dicha delimitación la han realizado múltiples países respecto a sus propios archipiélagos; por ejemplo, Australia (en las Islas Houtman), Dinamarca (en las Feroe), Noruega (en las Spitzberg) o Ecuador (en las Galápagos). En la misma línea, dadas las relaciones de vecindad con el Estado español, es significativo el caso de Portugal respecto a Azores y Madeira. Sus Estatutos de Autonomía, como va a hacer la ley que se aprobará en las Cortes, determinan el territorio de estos archipiélagos autónomos, que comprende también, además de las islas y los islotes, "el mar circundante y sus fondos, definidos como aguas territoriales y zona económica exclusiva, en los términos de la ley". Ello sin contar con que la propia Convención del Mar, en su artículo 305, prevé la posibilidad de que los territorios dotados de plena autonomía sean parte de la Convención, siendo perfectamente factible que Canarias sea considerado internacionalmente un territorio de tal naturaleza, lo que nos equipararía a los Estados archipielágicos.
Además de la consideración identitaria, esto es, de la consideración de las aguas como parte inherente a nuestra condición archipielágica -que por sí sola ya sería un incuestionable logro-, la cuestión también tiene su trascendencia desde la óptica competencial, pues el territorio, sea terrestre o marítimo, de la Comunidad Autónoma es el ámbito espacial en el que Canarias va a ejercer su autogobierno y sus competencias, y es límite de la eficacia de sus normas jurídicas, por lo que se considera imprescindible conocer cuál es ese territorio archipielágico.
Por ello, la nueva ley proclama que, además de ser canarias las aguas que nos circundan, sobre ellas se ejercerán las mismas competencias que ya desarrollamos según el actual Estatuto, ampliándose a materias tales como pesca en las aguas que queden dentro del perímetro archipielágico, protección del medio ambiente, espacios naturales, vertidos al mar, yacimientos arqueológicos, generación de energía o ejecución en materia de salvamento marítimo, así como del polémico tema de las prospecciones petrolíferas en las aguas cercanas a Lanzarote y Fuerteventura, pues desde el momento en que se reconozcan que esas aguas son canarias la competencia para autorizar o no las prospecciones son del Gobierno de Canarias.
En fin, ese reconocimiento de nuestras aguas supone un paso firme hacia la construcción nacional canaria, en la medida en que cada día cala con mayor fuerza en la conciencia de los canarios la idea de que hemos dejado de ser meras islas para convertirnos en archipiélago, esto es, en un territorio fragmentado pero con vocación de unidad cuyo pueblo tiene en sus manos la capacidad de decidir su futuro. El tiempo dirá hasta dónde.
* Miembro del CPN de Coalición Canaria
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